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PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL (Clicar) CANDIDATURAS A CONCEJALES DE MOLINICOS
DATOS GENERALES
Elecciones Municipales y Autonómicas 2007
El domingo 27 de mayo Castilla-La Mancha celebra elecciones autonómicas y municipales. Será la séptima vez que se llama a los electores castellano-manchegos a decidir a sus representantes en las Cortes regionales y en sus 919 Ayuntamientos * Convocatoria de elecciones * La composición de las mesas * El censo electoral * El voto por correo * El día de las elecciones y el escrutinio * Las elecciones en cifras * Resultados en las últimas elecciones municipales en las capitales provinciales * Enlaces de interés Ese mismo día se celebrarán elecciones autonómicas en trece de las diecisiete comunidades autónomas de España (todas excepto Andalucía, Cataluña, Galicia y País Vasco, que ya las celebraron con anterioridad), además de elecciones municipales en todos los municipios españoles y elecciones a las Asambleas de Ceuta y Melilla, así como otras elecciones de ámbito local. Las Cortes de Castilla-La Mancha se componen de 47 diputados elegidos mediante el sistema Electoral de Castilla-La Mancha, regulado por la Ley 5/1986 de 23 de diciembre, que asegura la representación proporcional de las cinco provincias que componen la Región. La distribución por provincias es la siguiente: Albacete (10), Ciudad Real (11), Cuenca (8), Guadalajara (7) y Toledo (11). En la actualidad la configuración política, surgida de las últimas elecciones celebradas el 25 de mayo de 2003, es de 29 diputados para el Grupo Parlamentario Socialista y 18 para el Grupo Parlamentario Popular. La atribución de los escaños, en función de los resultados del escrutinio, se realizará mediante al método D’Hont, por el cual no se tienen en cuenta aquellas candidaturas que no hubieran obtenido, al menos, el 3 por 100 de los votos válidos emitidos en la circunscripción.
CONVOCATORIA DE ELECCIONES La convocatoria de elecciones autonómicas fue firmada el pasado día 2 de abril por el presidente José María Barreda y publicada en el Documento Oficial de Castilla-La Mancha el día 3 de abril. El mismo día apareció también publicado en el Boletín Oficial del Estado el decreto por el que el Consejo de Ministros convocó las elecciones municipales. A partir de este momento comienza una serie de procedimientos destinados a la organización del proceso, que culminarán con el comienzo de la campaña electoral el próximo 11 de mayo. La campaña electoral se alarga hasta el día 25 de mayo, fecha anterior a la jornada de reflexión, día en el que se prohíbe toda actividad de propaganda electoral, y último día para que las corporaciones salientes de los distintos municipios adopten acuerdos de gobierno al terminar su mandato. El proceso electoral municipal y autonómico coincide en fecha, aunque son competencia del Estado y de la Comunidad Autónoma, respectivamente, por lo que ambas Administraciones colaboran estrechamente en este proceso. Desde el día de publicación en el DOCM hasta el 10 de mayo está prohibida la difusión de propaganda electoral, y se establece también prohibición de emitir sondeos electorales en los cinco días previos a la votación. El 25 de abril se publicarán las candidaturas en el DOCM. Tras la publicación los candidatos deben presentar a la Mesa de las Cortes entre el 1 y 3 de mayo sus bienes, rentas y actividades, que serán publicadas en el DOCM entre el 1 y el 7 del mismo mes.
LA COMPOSICIÓN DE LAS MESAS El sorteo para la composición de mesas se celebrará en los Ayuntamientos entre el 28 de abril y el 2 de mayo, tras lo cual la Junta Electoral de Zona dispondrá de tres días para realizar la notificación a los interesados, que a su vez dispondrán de siete días para presentar alegaciones. Se dará resolución a las alegaciones en los cinco días siguientes y se procederá a comunicar a los suplentes su designación. Finalmente, los elegidos podrán comunicar su imposibilidad de acudir entre el 18 de abril y el mismo día de las elecciones.
EL CENSO ELECTORAL Del 9 al 16 de abril se expondrán las listas del censo electoral en los Ayuntamientos y Consulados, dentro de ese mismo periodo se pueden realizar las reclamaciones. Habrá un plazo de tres días para la resolución y orden de rectificación de los posibles fallos. El día 20 de abril se expondrán al público las rectificaciones.
EL VOTO POR CORREO Si el día de las elecciones no se puede estar en la localidad de residencia, se puede solicitar el voto por correo para ejercer este derecho. Entre el 3 de abril y el 1 de mayo se puede solicitar el certificado de inscripción para el voto por correo. Los electores recibirán el envío de documentación entre el 7 el 20 de mayo. El envío de papeletas por parte de los electores se deberá realizar entre el 7 y el 23 de mayo. Para votar desde el extranjero, el votante debe ponerse en contacto con su embajada o consulado para comprobar si se está inscrito en el censo electoral, y si no lo está, deberá inscribirse. Entre el 9 y el 16 de abril se abre el plazo para comprobar de nuevo la inscripción y realizar los cambios oportunos. Antes del 7 de mayo se recibirá la documentación necesaria para votar (sobres y papeletas, tanto para las elecciones municipales como para las elecciones a Cortes regionales). Una vez metidas las papeletas en los sobres, y cerrados, se introducirá en otro sobre cerrado junto a la tarjeta del censo y dirigido a la Junta Electoral Provincial. Se puede elegir entre enviar por correo certificado antes del 23 de mayo o por entregarlo directamente en la embajada o consulado hasta la misma fecha. Todos los votos enviados por correo son remitidos a la Junta Electoral Provincial, que los tendrá en custodia hasta el escrutinio.
EL DÍA DE LAS ELECCIONES Y EL ESCRUTINIO La Jornada electoral será el día 27 de mayo. Entre las 08:00 y las 08:30 horas, se produce la constitución de las mesas electorales. A las 09:00 se abren los colegios electorales, que cerrarán sus puertas a las 20:00 horas. Una vez finalizada la votación comienza el escrutinio, que se prolongará hasta el 2 de junio. Entre el 4 y el 11 de junio, se realiza la proclamación de electos. Las Juntas Electorales disponen de un plazo que finaliza el 11 de junio para resolver las posibles reclamaciones. Finalmente, el 16 de junio se realiza la constitución de las nuevas corporaciones locales. El plazo se amplía hasta el 6 de julio para aquellos casos en los que se haya presentado un recurso-contencioso-electoral. |
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